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COMITE DE CUMPLIMIENTO

El Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, emite Resolución No. JD/06/2016, por medio de la cual se aprueba modificar artículos del Reglamento Especial emitido mediante Resolución J.D./11/2015 del 12 de octubre de 2015 para el cumplimiento de la Ley No. 23 de 27 de abril de 2015.

Artículo 27: COMITE DE CUMPLIMIENTO: Las Cooperativas de Ahorro y Crédito, Cooperativas de Servicios Múltiples o Integrales que desarrollen actividad de ahorro y crédito y cualquier otro Organización Cooperativa que realice la actividad de Intermediación Financiera deberán constituir un COMITÉ DE CUMPLIMIENTO, el cual responderá directamente a la Junta de Directores de la Cooperativa, el que estará integrado por tres (3) miembros de la Junta de Directores, el Gerente General, el Oficial de Cumplimiento o Enlace, el principal Ejecutivo del área de Riesgo, y el de Auditoria Interna.

Este Comité tendrá entre sus funciones, la aprobación de la planificación y coordinación de las actividades de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y además, deberá tener conocimiento de la labor desarrollada por el oficial de cumplimiento o Enlace; tales como la implementación, avance y control de su programa de cumplimiento, entre otros.

El Comité elaborará su reglamento interno de trabajo, debidamente aprobado por la Junta de Directores, el cual contendrá las políticas y procedimientos para el cumplimiento de sus funciones.  Las decisiones adoptadas en las reuniones del Comité deberán constar en actas, las cuales estarán a disposición del IPACOOP.

MIEMBROS DEL COMITE DE CUMPLIMIENTO – PERIODO 2025

Presidente: Francisco Santamaria
Vicepresidente: Sonia Chérigo
Secretario: Alexis Flores
Vocal: María Elena Ortiz
Gerente: Anelis Trejos